El 1 de enero de 2018 entraron en vigor todas las medidas contempladas en la Ley de autónomos, que se publico en el BOE el día 25 de octubre del año 2017 (Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo)

En Arufe Asesores te informamos en detalle de cómo te afecta la nueva normativa a tu situación particular, si eres trabajador autónomo o estás pensando en darte de alta en este régimen especial para poner en marcha tu Proyecto. Puedes contactar con nosotros en el teléfono 981 523 412 o a través del formulario de contacto de esta página.

Te adelantamos las principales novedades que presenta la ley y de las que te puedes beneficiar. Son las siguientes:

Bonificación de la cuota de autónomos durante 2 años.

  • Los primeros 12 meses se pagará una tarifa plana de 50 euros en las cuotas de la Seguridad Social. Los seis meses siguientes se aplica una bonificación del 50% (137,97 euros) y los seis siguientes una bonificación del 30% (la cuota a pagar es de 192,79 euros).
  • Para mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30 la bonificación del 30% se aplicará durante 12 meses más.
  • Para acceder a estas bonificaciones hay que estar al menos 2 años sin cotizar en autónomos (tres años si ya se disfrutó previamente de la tarifa plana)

Nuevas deducciones fiscales

  • Se pueden desgravar los gastos de alojamiento y dietas (27,27 euros diarios en España y 48,08 en el extranjero).
  • En la parte de la vivienda destinada a la actividad, se podrán deducir un 30% en el IRPF del consumo de agua, luz, gas, telefonía e internet

Cotización por días trabajados

  • Las cotizaciones en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se hará por días reales de alta (no se cotiza por el mes complete).
  • Un autónomo se podrá dar de alta y de baja hasta tres veces en el mismo año
  • Se podrá cambiar hasta 4 veces al año de base de cotización
  • La sanción (recarga) por el retraso en los pagos a la Seguridad Social se reduce al 10% en el primer mes.